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Unión Europea mantiene sanciones contra el régimen de Nicolás Maduro

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Unión Europea mantiene sanciones contra el régimen de Nicolás Maduro

Como no se tratan de sanciones individuales, sino de tipo general, Venezuela no tenía el derecho a que el Consejo escuchara los argumentos, según reza la sentencia.

Redacción | Primer Informe

La Unión Europea a través de su Tribunal General desestimó esta semana el recurso del régimen de Nicolás Maduro contra las sanciones que impuso el órgano europeo en 2017 por violación a los derechos humanos y ataques contra la democracia en Venezuela.

La corte de Luxemburgo rechazó las alegaciones realizadas por el gobierno de facto madurista. La primera que esgrimió el régimen de Caracas era que el Consejo de la Unión Europea debe escuchar sus argumentos antes de imponer las medidas ejecutivas.

El tribunal explicó que para esto tendrían que mantener negociaciones internacionales con Venezuela, lo que hace que se pierda el objetivo que persiguen las sanciones al régimen de Venezuela, que es «provocar un cambio en su comportamiento».

Las sanciones de la Unión Europea prohiben exportar a Venezuela equipos que puedan ser usados para represión interna y servicios relacionados con equipamiento militar.

Como no se tratan de sanciones individuales, sino de tipo general, Venezuela no tenía el derecho a que el Consejo escuchara los argumentos, según reza la sentencia.

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El alto tribunal europeo también señaló que el Consejo de la Unión Europea motivó «ampliamente» la adopción de sanciones y que, al aprobarse, «pudo considerar que los actos de violencia y el uso excesivo de la fuerza, así como las violaciones de los derechos humanos y el menoscabo de la democracia en Venezuela, estaban suficientemente acreditados y que existía el riesgo de que esos incidentes se reprodujeran en el futuro».

La sentencia también es firme al rechazar que el Consejo de la Unión Europea necesite el consentimiento previo de la ONU para tomar medidas. Añadió que Venezuela no ha demostrado la existencia «de una práctica generalmente aceptada como derecho» que exija una autorización de este tipo.

Además la sentencia desestimó otros argumentos esgrimidos por el madurismo de que las sanciones incumplen con los acuerdos de la Organización Mundial de Comercio y que se tratan de medidas extraterritoriales. Para el Tribunal, «las medidas restrictivas en cuestión se refieren a personas y situaciones sometidas a la jurisdicción de los Estados miembros».

Esta es la segunda vez que el alto tribunal europeo desestimó el caso. Ya lo había hecho en 2019 cuando Caracas recurrió el fallo ante la instancia superior.

 

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